El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) habilitó a empresas privadas para importar vacunas contra el COVID-19. Si las dosis son vendidas al Estado –para su aplicación gratuita a la población- se facilitará la compra del exterior; sin embargo, si es para comercio particular, se impone la burocracia del registro sanitario.
La decisión de liberar la importación de vacunas es la alternativa inmediata y de urgencia asumida ante el fracaso logístico relacionado con la compra de inmunizaciones a través del mecanismo de distribución Covax de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS).
El fracaso de OPS/OMS
Paraguay, según el canciller nacional Euclides Acevedo, cuestiona la gestión del mecanismo Covax en atención a lo siguiente: Paraguay pagó por las vacunas y hasta ahora no recibió una sola ampolla. “Las vacunas son una fuente de inequidad”, dijo.
Además del fracaso logístico en la compra de vacunas del sistema de ventas entre gobiernos sustentado por la OPS/OMS, principalmente por la cantidad y los plazos de entrega, el Gobierno solicitó a varios países la donación de dosis lo que no se ha concretado en su mayor parte y hasta generó un papelón internacional con Taiwán.
Recientemente, el canciller nacional Acevedo se anunció que viajará a países de la región (Argentina, Chile y Brasil) para negociar donaciones y compras de vacunas contra el COVID-19 lo que depende, en gran parte, de la situación sanitaria y política en que se encuentra cada país, con respecto a la pandemia, tratando de evitar casos similares al de Taiwán donde se anunció una supuesta donación de 2.000.000 de dosis que, al final, fue desmentida oficialmente.
Mecanismo de importación
Ayer, a través de un comunicado, el Viceministerio de Rectoría y Vigilancia de la Salud indicó los términos de la liberación de importación de vacunas contra el COVID-19 por parte de empresas privadas, tanto para su distribución gratuita a la población –costeadas por el Estado- como para ventas particulares.
En ese sentido, se señaló que se podrán importar vacunas con el requerimiento de trámites previos, pero bajo la condición de que serán vendidas a la cartera sanitaria para la posterior aplicación gratuita de las dosis. Para aquellas firmas que prefieran comercializar las vacunas en el sector privado, se indica que deberán contar con el registro sanitario pertinente.
“Todas las empresas interesadas en importar vacunas contra el COVID-19, cuya venta será realizada en forma exclusiva al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para su utilización y posterior aplicación gratuita a través del Programa Ampliado de Inmunizaciones, serán regidas por lo estipulado en la resolución SG Nº 746/2020”, señala el comunicado emitido ayer.
Vacunas con autorizaciones
La mencionada resolución indica que “se autoriza en carácter de emergencia el uso de vacunas contra el COVID-19”, y en su artículo primero establece “autorizar con urgencia las vacunas autorizadas para su uso de emergencia por las autoridades reguladoras de país de alta vigilancia sanitaria como FDA (Administración de Medicamentos y Alimentos, de Estados Unidos), EMA (Agencia Europea de Medicamentos) y autoridades reguladoras de referencia regional”.
Se agrega que las cantidades a importar estarán acordadas con el Ministerio de Salud y se comunicará a la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria para su autorización.
Por otra parte, se aclara que todas aquellas empresas interesadas en importar las dosis para su comercialización en el sector privado, deberán contar con el registro sanitario o, en su defecto, con el registro sanitario de emergencia, emitido en el marco de la resolución SG Nº 111/2021, “por la cual se establecen los requisitos y las condiciones sanitarias para la emisión de registros sanitarios de emergencia para especialidades farmacéuticas contra COVID-19, en el marco de la pandemia”.
Fuente: Diarios Munipy.com.py, Última Hora y La Nación